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Las nuevas multas de tráfico que entran en vigor en España

¡Atención, conductores! 

El 21 de marzo es el día en el que las sanciones por incumplir las nuevas normas de la Ley de Tráfico entran en vigor. A principios de año veíamos cómo la Dirección General de Tráfico anunciaba 10 nuevas normas, aunque las sanciones no comenzarían hasta el mes de marzo. Pues bien, esa fecha ha llegado.  

Algunas de estas medidas tienen como finalidad proteger a los vehículos más vulnerables, como las motos o las bicis, mientras que otras están encaminadas a incrementar la seguridad vial. Sin olvidar, por supuesto, las normativas para luchar contra la contaminación en los grandes núcleos.  

Es importante recordar que los coches de Autogas son de los pocos que cuentan con la etiqueta ECO, el distintivo medioambiental con el que podrás acceder a los centros urbanos en caso de que se activen los protocolos anticontaminación.  

Pero, para que tengas más claro cuáles son las normas nuevas y qué sanciones acarrean, te lo explicamos en detalle a continuación.  

¿Cuáles son las nuevas normas de la Ley de Tráfico? 

Empecemos por el principio. Lo primero que debes saber es en qué consisten estas normas que la DGT ha introducido este año: 

  1. Los conductores de turismos y motocicletas no podrán sobrepasar en 20 km/h la velocidad máxima permitida para adelantar, siempre que sea en carreteras convencionales.  
  2. La no utilización de elementos básicos de seguridad, como el cinturón, la silla infantil o el casco, supondrá una sanción más dura y la pérdida de 4 puntos en lugar de 3, como sucedía hasta ahora. 
  3. Prohibición total de sujetar el móvil con la mano mientras conduces, independientemente de si lo estás utilizando o no. 
  4. Los adelantamientos a bicicletas o motos deberán hacerse ocupando por completo el carril de la izquierda, siempre que haya dos carriles por sentido. Si esto no ocurre, deberás mantener una distancia mínima de 1,5 metros.  
  5. No podrás lanzar a la carretera colillas o cualquier otro objeto que pueda provocar un incendio o accidente.  
  6. En las vías indicadas para ciclistas o en los carriles bici no podrás estacionar el coche o pararlo momentáneamente.  
  7. Las sanciones por no respetar las restricciones propias de los protocolos anticontaminación y de las Zonas de Bajas Emisiones también se endurecerán. 
  8. El uso de inhibidores de radares o cinemómetros está totalmente prohibido, tanto si se usan como si no. La DGT considera que pueden interferir en los sistemas de vigilancia propios, por lo que aumentará las sanciones en este sentido. 
  9. Si te vas a presentar al examen para obtener un permiso de conducción, no podrás llevar dispositivos de comunicación que no estén regulados, ni ayudar a otra persona a hacerlo. De hecho, si esto sucede no podrás presentarte a las pruebas durante seis meses. 
  10. En caso de pérdida de puntos, tendrás que esperar dos años sin haber cometido nuevas infracciones para recuperarlos. A excepción de la pérdida total de los 12 puntos, en cuyo caso tendrás que superar un curso específico. 
  11. Ya no será obligatorio llevar el carné de conducir físicamente contigo, siempre y cuando puedas acreditarlo a través de la app miDGT. 
  12. Los conductores menores de 18 años que lleven patinetes eléctricos, bicicletas, ciclomotores o motos de menos de 125 cc no podrán superar la tasa 0,0 en el control de alcoholemia. 

 

Multas y sanciones a las que nos enfrentamos 

Ahora que ya sabes cuáles son las nuevas normas de la Ley de Tráfico, te interesará saber a qué multas económicas o sanciones te puedes enfrentar si incumples alguna de ellas. En este aspecto, cabe destacar que no se ha modificado la medición de las infracciones, que pueden ser leves, graves o muy graves. Dicho esto, te contamos qué conjunto de penalizaciones conlleva cada infracción: 

  • Sujetar el móvil mientras conduces está penado con la sustracción de 6 puntos del carné y una multa de hasta 200 euros.
  • Incumplir la distancia mínima de 1,5 metros o no adelantar a ciclistas y motoristas por el carril de la izquierda completamente, si lo hay, te supondrá una multa de 200 euros y 6 puntos del carné.
  • Arrojar objetos inflamables o que entorpezcan la circulación se multará con entre 200 y 500 euros, y se retirarán 6 puntos.
  • No utilizar los elementos reglamentarios de seguridad supondrá la retirada de 4 puntos del carné y una multa de hasta 200 euros. 
  • Los vehículos que no respeten las restricciones en las ZBE se enfrentarán a multas de 200 euros como máximo, además de las penalizaciones adicionales impuestas por las entidades locales en cada zona.  
  • Tener en el vehículo un inhibidor de radares o un cinemómetro te costará 3 puntos menos en el carné. 
  • Si sobrepasas en 20 km/h la velocidad máxima de adelantamiento en vías convencionales te podrán multar con hasta 100 euros. 
  • Estacionar o parar el vehículo en carriles bici o vías para ciclistas conllevará una multa de hasta 200 euros. 

 

Debes tener en cuenta que las notificaciones en caso de multa te llegarán, únicamente, por vía electrónica o correo postal a tu domicilio. En ningún caso lo harán mediante correo electrónico, así que si recibes un mail similar, piensa que puede ser un ciberataque.  

Como ves, las restricciones de tráfico que entran en vigor a partir del 21 de marzo suponen un endurecimiento general de las sanciones vigentes hasta ahora. En este escenario, contar con un vehículo con etiqueta ECO cobra, aún, más importancia para circular por Zonas de Bajas Emisiones o por núcleos urbanos en días en los que se active el protocolo anticontaminación.  

Por tanto, la transformación de tu vehículo a GLP o Autogas es una inversión en movilidad sostenible muy necesaria para poder circular con mayor normalidad durante los próximos años. Recuerda que transformar tu coche a Autogas es muy sencillo si confías en talleres especializados que te asesoren de forma personalizada según las características de tu vehículo.