Los vehículos alimentados por autogas GLP y GNC, clasificados con la etiqueta ECO de la DGT
La clasificación que segmenta los vehículos en función de sus emisiones contaminantes, elaborada por la Dirección General de Tráfico (DGT), distingue a los alimentados por autogás con la etiqueta ECO, en la que se engloban a los vehículos con el segundo mejor comportamiento ambiental.
Los adhesivos permitirán implementar políticas municipales destinadas a reducir los problemas de calidad de aire y contaminación en diferentes zonas de las grandes concentraciones urbanas. En este sentido, el Ayuntamiento de Madrid ha destinado 279.000 para incentivar que la penetración del GLP entre los taxistas que prestan sus servicios en la capital supere el 13% actual, tal y como apuntó la directora general de Sostenibilidad y Control Ambiental del Ayuntamiento de Madrid, Paz Valiente, en unas jornadas que tuvieron lugar el pasado mes de mayo.
En este sentido, el director general de la AOGLP, patronal de la cual forman parte Cepsa, Disa, Galp, Primagas, Repsol y Vitogas, explica, José Luis Blanco, ha expresado su satisfacción «con la etiqueta ECO», y se ha mostrado «convencido» de las ventajas que «puede aportar para la mejora de la calidad del aire en las ciudades por sus bajas emisiones de NOx y casi nulas de partículas contaminantes».
Discriminación positiva
El objetivo de esta clasificación del parque de vehículos es discriminar positivamente a los vehículos más respetuosos con el medioambiente y ser un instrumento eficaz en políticas municipales, tanto cuando se apliquen restricciones de tráfico durante episodios de alta contaminación como de promoción de nuevas tecnologías a través de beneficios fiscales o relativos a la movilidad y el medioambiente.
El etiquetado establece las siguientes categorías: Cero emisiones (etiqueta azul), en la que se encuadran los vehículos eléctricos de batería (BEV), eléctricos de autonomía extendida (REEV), eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros, y vehículos de pila de combustible.
En la categoría ECO se incluirán los turismos, los comerciales ligeros, los vehículos de más de 8 plazas y los vehículos de transporte de mercancías clasificados en el registro de vehículos como híbridos enchufables con autonomía inferior a 40 kilómetros, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP), que tendrán que cumplir los criterios de la etiqueta C, de la cual formarán parte turismos y furgonetas de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto gasolina como diésel, matriculados a partir de 2014. Es decir, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4,5 y 6 y los de gasóleo la Euro 6.
En cuanto a la etiqueta B, identificará a turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006, y vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005, por lo que los de gasolina deben superar la norma Euro 3 y en los de ciclo Diésel la Euro 4 y 5.
Fuente: logisticaprofesional.com