Madrid 360, ¿qué necesito saber?

Madrid Central ha dejado paso recientemente a Madrid 360, la nueva estrategia adoptada para lograr una reducción de emisiones en la ciudad de Madrid. A efectos prácticos, se puede entender Madrid 360 como una evolución de Madrid Central, cuyo principal objetivo es reducir en un 20% las emisiones de NOx (óxido de nitrógeno) durante los próximos dos años.

Para ello, se han creado zonas de bajas emisiones de especial protección (también conocidas como ZBEEP) en las que, como sucedía en los periodos de alta contaminación de Madrid Central, se restringe y limita el acceso a la ciudad a los vehículos más contaminantes, según la regulación de los distintivos ambientales de la DGT.

A través de la página web habilitada por al Ayuntamiento de Madrid, puedes comprobar en base a tu matrícula o distintivo ambiental qué tipo de restricciones posee tu vehículo. En cualquier caso, a continuación resumimos las principales limitaciones en base a cada etiqueta:

  • Etiqueta Cero Emisiones
    • Sin restricciones
  • Etiqueta ECO
    • Los turismos particulares pueden acceder sin restricciones
    • Los vehículos de empresas o de profesionales que prestan servicios o entregan o recogen suministros, excluidos turismos, ciclomotores y motocicletas, pueden acceder en horario de 7:00 a 21:00 horas.
  • Etiqueta C
    • Los turismos no pueden acceder salvo que:
      • Estaciones en un parking de uso público
      • Estés empadronado en el Distrito Centro, y si tu vehículo es de tu propiedad esté domiciliado en la ciudad de Madrid o seas invitado por uno de ellos.
      • Seas una empresa o un autónomo y ejerzas tu actividad en un local u oficina ubicada en Distrito Centro o seas invitado por uno de ellos.
      • Esté destinado al transporte de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
      • Dispongas de una plaza de garaje particular o seas cesionaria o arrendataria de una plaza de aparcamiento municipal para residentes situada en el Distrito Centro.
      • Seas una VTC con servicio previamente contratado con origen o destino en Distrito Centro, o un taxi. En ambos casos el vehículo deberá estar asignado a esta finalidad con anterioridad a la entrada en vigor de la Ordenanza de Movilidad Sostenibilidad.
      • Dispongas de una autorización del colectivo cualificado de titulares de vehículos comerciales e industriales del SER.
      • Seas un vehículo destinado a práctica de conducción de una autoescuela ubicada en el Distrito Centro.
      • Accedas a un taller de reparación de vehículos ubicado en el Distrito Centro.
      • Seas un vehículo necesario para la realización de ocupaciones y actos en la vía pública, autorizados por el Ayuntamiento de Madrid.
      • Sea utilizado por los abogados del Servicio de Guardia del Turno de Oficio para el ejercicio exclusivo de dicho servicio
      • Sea utilizado para dejar o recoger alumnos de educación infantil, primaria, y de secundaria cuyas necesidades así lo exijan.
      • Sea de personas trabajadoras de establecimientos del interior de Distrito Centro con horario nocturno (Entre las 00:00 y las 06:00 hr).
    • Los vehículos de empresas o de profesionales que prestan servicios o entregan o recogen suministros, excluidos turismos, ciclomotores y motocicletas pueden acceder en horario de 7:00 a 15:00 horas.
  • Etiqueta B
    • Los turismos no pueden acceder, salvo que:
      • Estaciones en un parking de uso público
      • Estés empadronado en el Distrito Centro, y si tu vehículo es de tu propiedad esté domiciliado en la ciudad de Madrid.
      • Seas una empresa o un autónomo y ejerzas tu actividad en un local u oficina ubicada en Distrito Centro o seas invitado por uno de ellos.
      • Esté destinado al transporte de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
      • Dispongas de una plaza de garaje particular o seas persona cesionaria o arrendataria de una plaza de aparcamiento municipal para residentes situada en el Distrito Centro.
      • Seas una VTC con servicio previamente contratado con origen o destino en Distrito Centro, o un taxi. En ambos casos el vehículo deberá estar asignado a esta finalidad con anterioridad a la entrada en vigor de la Ordenanza de Movilidad Sostenibilidad.
      • Dispongas de una autorización del colectivo cualificado de titulares de vehículos comerciales e industriales del SER.
      • Accedas a un taller de reparación de vehículos ubicado en el Distrito Centro.
      • Seas un vehículo necesario para la realización de ocupaciones y actos en la vía pública, autorizados por el Ayuntamiento de Madrid.
      • Sea utilizado por los abogados del Servicio de Guardia del Turno de Oficio para el ejercicio exclusivo de dicho servicio
      • Sea utilizado para dejar o recoger alumnos de educación infantil, primaria, y de secundaria cuyas necesidades así lo exijan.
      • Sea de personas trabajadoras de establecimientos del interior de Distrito Centro con horario nocturno (Entre las 00:00 y las 06:00 hrs).
    • Para vehículos de empresas o de profesionales que prestan servicios o entregan o recogen suministros, excluidos turismos, ciclomotores y motocicletas, se fijan restricciones en función de su peso:
      • Si la MMA es mayor de 3.500 kg y menor o igual a 18.000 kg: puedes acceder de 07:00 a 13:00 hasta el 31 de diciembre de 2024.
      • Si la MMA es menor de 3.500 kg: puedes acceder de 07:00 a 13:00  hasta el 31 de diciembre de 2022.

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