Los municipios de más de 50.000 habitantes deberán establecer zonas de bajas emisiones

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El acuerdo que alcanzó recientemente el Gobierno para establecer la Declaración de Emergencia Climática y Ambiental en España obligará a los municipios de más de 50.000 habitantes a limitar la circulación a los vehículos más contaminantes, estableciendo zonas de restricción de emisiones.

Esta medida, que provocaría actuaciones y escenarios similares a los ya vistos en Madrid Central y que tiene como objetivo la lucha contra el cambio climático en España, se sumará a las 30 lineas de actuación marcadas por el Gobierno como respuesta a la emergencia climática.

Se espera que la medida se implante durante los próximos meses en más de 150 municipios, aunque todavía se desconoce la forma en la que se diseñarán las acciones adoptadas por cada uno de ellos, ya que en muchos casos las localidades tendrán su autonomía en el establecimiento de las restricciones.

Hay 4 distintivos ambientales para catalogar los vehículos en base a sus emisiones:

Distintivo ambiental B (amarillo): Destinado aurismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2001. En el caso del diésel o de vehículos pesados o de más de 8 plazas, a partir de 2006.

Distintivo ambiental C (verde): Destinado a turismos y furgonetas ligeras matriculadas a partir de enero de 2006 (gasolina) o a partir de septiembre de 2015 (diésel). En el caso de vehículos pesados y de más de 8 plazas, a partir de 2014.

Distintivo ambiental ECO (azul y verde): Destinado a eléctricos enchufables (autonomía inferior a 40 kilómetros), híbridos no enchufables, vehículos que funcionan con gas natural (GNC o GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). En este caso, deben cumplir con los criterios del distintivo ambiental C.

Distintivo ambiental 0 (azul): Destinado a eléctricos de batería, eléctricos de autonomía extendida, eléctricos híbridos enchufables (autonomía de 40 km) o vehículos de pila de combustible.