Así es el nuevo etiquetado por tipo de combustible, obligatorio en vehículos y gasolineras a partir de octubre
Debido a la variedad de combustibles que se surten actualmente en las gasolineras europeas, lo que incluye varias modalidades alternativas ecológicas, la UE ha aprobado una nueva normativa basada en un etiquetado distintivo a fin de hacerlos más identificables de cara a los consumidores. Este nuevo estándar europeo será obligatorio en gasolineras y vehículos nuevos a partir del próximo 12 de octubre.
Desde dicha fecha, todos los vehículos nuevos deberán incluir nuevo este etiquetado de combustible, así como las estaciones de respostaje, en cada uno de los 28 estados miembros de la Unión Europea, así como los países del EEE (Islandia, Liechtenstein y Noruega), incluyendo también a los estados de Macedonia, Serbia, Suiza y Turquía.
En cuanto a los vehículos que deberán incluir estos identificadores de combustible, se encuentran tanto ciclomotores, motocicletas, triciclos y cuadriciclos, así como automóviles, vehículos comerciales ligeros y pesados, autocares y autobuses. En definitiva, la practica totalidad de tipologías que circulan por las carreteras europeas. Este en el caso de España, se sumará al etiquetado medioambiental de la DGT en función de las emisiones, aunque será meramente indentificativo y no restrictivo.
Así es el etiquetado identificativo según combustible
El nuevo etiquetado de combustible se divide en tres tipos generales, gasolina, gasóleo, y combustibles gaseosos, que se distinguirán mediante la forma diferente de las etiquetas: circular para la gasolina, cuadrado para el diésel y en forma de rombo para los gaseosos.
A su vez, cada grupo se subdividirá en diferentes nomenclaturas según la clase específica, contando con hasta diez tipologías distintas:
- Gasolina: E5, E10, E85
- Diesel: B7, B10, XTL
- Gaseosos: H2 (hidrógeno), LPG (Gas Licuado de Petróleo o Autogas), CNG (Gas Natural Comprido), LNG (Gas Natural Licuado).
Si te estás preguntando si todos los vehículos deberán incluir estas etiquetas desde octubre, la respuesta es no: solo estarán obligados a llevarlas los nuevos comercializados por primera vez o los matriculados a partir de esta fecha. De hecho, según los folletos informativos redactados por asociaciones europeas como ACEA (patronal de automóviles), ACEM, (patronal de vehículos de dos ruedas) y las entidades dedicadas al combustible ECFD, Fuel Europe y UPEI, los fabricantes no recomiendan ubicarlas en vehículos antiguos.
¿Dónde deberán ir ubicadas las nuevas etiquetas de combustible?
El nuevo etiquetado tendrá un lugar específico tanto en los vehículos como en las estaciones de repostaje a fin de ser lo más visibles de cara a los usuarios, facilitando su rápida identificación. En el caso de automóviles, camiones, motocicletas y demás vehículos, la etiqueta se ubicará junto al tapón de llenado o en la tapa del depósito, así como en el manual de usuario, lo que incluye su versión multimedia de existir.
Por su parte, las gasolineras deberán colocarlos junto a los surtidores, así como en sus boquereles. Por último, los concesionarios también deberán mostrarlo junto al modelo expuesto. De esta manera, se evitarán confusiones a la hora de repostar, sobre todo en lo que toca a los combustibles alternativos con tipologías más diversas y menos conocidas por los usuarios.
Toda la información podrás encontrarla en la página web fuel-identifiers.eu, que ha sido traducida a los ocho idiomas pertenecientes a los países en los que será obligatoria su implantación.
Fuente: motorpasion.com