Aparcamiento en las ZBE de Madrid: ¿Qué coches podrán estacionar?
Siempre que hablamos de las Zonas de Bajas Emisiones en las ciudades de más de 50.000 habitantes donde se están incorporando, solemos centrarnos en las restricciones de acceso y circulación en las mismas. Pero, ¿qué sucede con el aparcamiento en las ZBE?
En el caso de Madrid, debido a la polémica surgida durante estos últimos días por la moratoria de un año en las sanciones a los vehículos sin etiqueta, la duda es aún mayor. Ya sabemos que los vehículos que no tengan etiqueta de la DGT tienen limitaciones de circulación desde el 1 de enero de 2025.
También sabemos que el ayuntamiento ha anunciado que no habrá multas efectivas hasta 2026, siendo 2025 un año de transición informativa. Pero, ¿podrán aparcar los coches sin etiqueta en las ZBE de Madrid?
Restricciones de aparcamiento en las ZBE de Madrid
Lo primero que hay que aclarar es cuáles son las limitaciones de aparcamiento dentro del perímetro calificado como Zona de Bajas Emisiones, que, en Madrid, abarca todo el término municipal.
En este sentido, la ordenanza de movilidad sostenible especifica que los coches con etiqueta A, es decir, los que no entren dentro de la clasificación ambiental de la DGT, no pueden aparcar en las plazas de Estacionamiento Regulado (SER).
Hasta el 31 de diciembre de 2024, los vehículos de residentes sí podían aparcar en la zona SER adscrita a su lugar de residencia con la autorización pertinente. Sin embargo, con la entrada en vigor de las nuevas restricciones a partir de 2025, esto cambia.
A pesar de que el ayuntamiento ha explicado que los usuarios de vehículos sin etiqueta no recibirán multas en 2025, la normativa de aparcamiento no se ha actualizado. Por lo tanto, si nada cambia de aquí a final de año, no podrán aparcar en la zona SER.
Ojo, esto no significa que no puedan aparcar, sino que tendrán que hacerlo en zonas donde no haya estacionamiento regulado o en parkings.
¿Pueden aparcar los coches sin etiqueta en las ZBEDEP?
Como sabes, Madrid tiene una particularidad adicional en lo que respecta a las Zonas de Bajas Emisiones, y es que cuenta con dos ZBEDEP.
En estos casos, la normativa especifica que “podrán acceder a los aparcamientos todos los vehículos con distintivo ambiental y aquellos otros que, aunque no tengan distintivo ambiental, dispongan de permiso de acceso a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro (personas empadronadas en el distrito Centro, personas titulares de Tarjetas de Estacionamiento para Personas con Movilidad Reducida, etc..)”.
Además, en el caso de la ZBEDEP Distrito Centro, los coches con etiquetas B y C tendrán que aparcar obligatoriamente en un aparcamiento de uso público o un garaje privado, salvo que tengan otra autorización.
Por lo tanto, habrá que esperar para confirmar en qué situación queda la normativa de aparcamiento para los coches sin etiqueta en la capital española. Lo que está claro es que los usuarios de vehículos con etiquetas ECO y CERO son los únicos que no tendrán que preocuparse, a largo plazo, por las limitaciones de acceso y movilidad en los grandes núcleos urbanos.
En este sentido, transformar tu coche a GLP puede ayudarte a conseguir la etiqueta ECO si cumple con los requisitos para ello. Una decisión que, en el futuro, te permitirá vivir con la tranquilidad de saber que puedes circular sin inconvenientes y sin exposición a sanciones económicas.